En Argentina "Adios Bombillos incandescentes"
martes, mayo 31, 2011Las lámparas incandescentes iluminan el 80% de los hogares. Desde el miércoles 1 quedarán prohibidas por ley, pero continuarán en uso. Sólo se venderán lámparas de bajo consumo. Desde el miércoles 1º de junio, la venta de lámparas incandescentes quedará prohibida por ley en todo el país y, aunque en las principales cadenas de supermercados ya casi no se las encuentra, los pequeños comercios de barrio las atesoran en su stock casi como objetos valiosos. Una recorrida de Tandil Diario por comercios de la ciudad demostró que aún quedan algunas lámparas incandescentes en las góndolas, sobre todo en los comercios más pequeños. "Al consumidor todavía le cuesta asimilar que el ahorro de energía con las lámparas de bajo consumo es muy grande y que, si bien son más caras, también duran mucho más". Indicó el encargado de un supermercado a este Portal. De acuerdo a lo informado desde la Cámara Argentina de Industrias Electrónicas, Electromecánicas, Luminotécnicas, Telecomunicaciones, Informática y Control Automático (Cadieel), la gente seguirá utilizando las que ya posee mientras duren. Un cálculo aproximado indicaría que, por lo menos, las lámparas incandescentes iluminarán los hogares unos dos años más. "Tienen unas mil horas de funcionamiento, así que, entre las que hoy están en uso y las que pueden quedar como reserva en las alacenas de las casas, a un promedio de cuatro horas de uso diario, seguirán funcionando por uno o dos años más", aseguraron desde la mencionada Cámara. En reemplazo de las lámparas incandescentes, las de bajo consumo pasarán a ocupar el lugar de ellas en las góndolas de los supermercados y comercios de barrio. Aunque hoy siguen siendo relegadas a un segundo lugar por su alto costo, las lámparas de bajo consumo se convertirán en la única opción a la hora de iluminar cualquier habitación de nuestro hogar. La excepción a la regla Las lámparas incandescentes cuya potencia sea igual o inferior a 25 vatios (25 W), y aquellas cuya tensión nominal sea igual o inferior a 50 voltios (V), independientemente de la terminación de la ampolla de la lámpara, quedan exceptuadas de la ley y podrán ser comercializadas. Suelen ser las lamparitas de la heladera, microondas y hornos convencionales.
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