Junta Central dice sentencia no niega derecho a hijos de extranjeros
viernes, septiembre 27, 2013
Karina JiménezPor: Karina Jimenez
Por Karina Jimenez El presidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario, consideró este viernes que se está haciendo una “mala interpretación” de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional con relación a la nacionalidad de hijos de ilegales en el país.
Aclaró que una persona que se encuentre en el país en estado de irregularidad, es decir, indocumentado, no se le está negando el derecho a la nacionalidad dominicana, sino, que le está estableciendo que el procedimiento para acceder al “disfrute” de la nacionalidad y la garantía de esos de esa condición a través de un plan de regularización que definió en la Ley de Migración.
“La sentencia no está negando derecho, la sentencia está encausando y está diciendo todo el quiera debe basar a eso”, apuntó.
Rosario dijo que los ciudadanos extranjeros, no importa su nacionalidad tienen derecho a optar por la nacionalidad dominicana, sean extranjeros regulares –documentados- o irregulares- indocumentados.
Entrevistado en el programa “Enfoque Matinal”, explicó que el artículo 21 de la Constitución dominicana establece que a los 18 años se tiene derecho a obtener una cedula de indetidad y electoral y a ejercer el derecho de ciudadanía.
Ante la pregunta sobre de cómo se entrega la cédula de identidad a las personas de padres extranjeros nacidos en República Dominicana, Rosario dijo sí se les entregan ya que existen dos tipos de ese documento: las de identidad y electoral y las de identidad de extranjero.
“Cada cédula tiene un portador que se corresponde a un concepto jurídico”, sostuvo.
El funcionario subrayó además que el acta de nacimiento “no es un instrumento para otorgar o negar la nacionalidad”, sino, un documento declarativo, cuyo propósito es garantizar el derecho al nombre y a la personalidad de todas las personas nacidas en la República Dominicana sean o no extranjeras.
El
presidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario, consideró
este viernes que se está haciendo una “mala interpretación” de la
sentencia emitida por el Tribunal Constitucional con relación a la
nacionalidad de hijos de ilegales en el país.
Rosario dijo que los ciudadanos extranjeros, no importa su nacionalidad tienen derecho a optar por la nacionalidad dominicana, sean extranjeros regulares –documentados- o irregulares- indocumentados.
Entrevistado en el programa “Enfoque Matinal”, explicó que el artículo 21 de la Constitución dominicana establece que a los 18 años se tiene derecho a obtener una cedula de indetidad y electoral y a ejercer el derecho de ciudadanía.
Ante la pregunta sobre de cómo se entrega la cédula de identidad a las personas de padres extranjeros nacidos en República Dominicana, Rosario dijo sí se les entregan ya que existen dos tipos de ese documento: las de identidad y electoral y las de identidad de extranjero.
“Cada cédula tiene un portador que se corresponde a un concepto jurídico”, sostuvo.
El funcionario subrayó además que el acta de nacimiento “no es un instrumento para otorgar o negar la nacionalidad”, sino, un documento declarativo, cuyo propósito es garantizar el derecho al nombre y a la personalidad de todas las personas nacidas en la República Dominicana sean o no extranjeras.
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Aclaró que una persona que se encuentre en el país en estado de
irregularidad, es decir, indocumentado, no se le está negando el derecho
a la nacionalidad dominicana, sino, que le está estableciendo que el
procedimiento para acceder al “disfrute” de la nacionalidad y la
garantía de esos de esa condición a través de un plan de regularización
que definió en la Ley de Migración.
“La sentencia no está negando derecho, la sentencia está encausando y
está diciendo todo el quiera debe basar a eso”, apuntó. Rosario dijo que los ciudadanos extranjeros, no importa su nacionalidad tienen derecho a optar por la nacionalidad dominicana, sean extranjeros regulares –documentados- o irregulares- indocumentados.
Entrevistado en el programa “Enfoque Matinal”, explicó que el artículo 21 de la Constitución dominicana establece que a los 18 años se tiene derecho a obtener una cedula de indetidad y electoral y a ejercer el derecho de ciudadanía.
Ante la pregunta sobre de cómo se entrega la cédula de identidad a las personas de padres extranjeros nacidos en República Dominicana, Rosario dijo sí se les entregan ya que existen dos tipos de ese documento: las de identidad y electoral y las de identidad de extranjero.
“Cada cédula tiene un portador que se corresponde a un concepto jurídico”, sostuvo.
El funcionario subrayó además que el acta de nacimiento “no es un instrumento para otorgar o negar la nacionalidad”, sino, un documento declarativo, cuyo propósito es garantizar el derecho al nombre y a la personalidad de todas las personas nacidas en la República Dominicana sean o no extranjeras.
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