JAJAJAJAJA: Danilo y Margarita declaran sus bienes

viernes, septiembre 16, 2016


 Margarita Cedeño de Fernández y Danilo Medina, vicepresidenta y presidente del país.

La Cámara de Cuentas informó este viernes que el  presidente de la República, Danilo Medina, y la vicepresidenta, Margarita Cedeño de Fernández, presentaron su declaración jurada de bienes. No reveló los montos declarados. 

Dijo, además, que al hoy concluir la fecha para el depósito de los documentos, cientos de funcionarios han hecho lo  propio en los últimos días, tal como establece la Ley 311-14, que es de 30 días después de la toma de posesión. 

“Además del jefe del Estado y la vicepresidenta de la República, entregaron su declaración jurada de patrimonio senadores, diputados, embajadores, cónsules, alcaldes, regidores, encargados de compras, directores administrativo y financieros y otros funcionarios públicos obligados por ley a declarar sus bienes”, dijo en una nota de prensa. Sus nombres tampoco fueron dados a conocer. 

“Además del Jefe del Estado y la Vicepresidenta de la República, entregaron su declaración jurada de patrimonio senadores, diputados, embajadores, cónsules, alcaldes, regidores, encargados de compras, directores administrativo y financieros y otros funcionarios públicos obligados por ley a declarar sus bienes”, dijo en una nota de prensa. 

La Cámara exxplicó que unos 500 servidores han llevado sus declaraciones juradas a la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos, un organismo especial de la Cámara de Cuentas creado para esos fines, desde el 16 de agosto hasta la fecha.  Detalló que la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio establece que los funcionarios públicos están obligados a  presentar, dentro de los treinta días siguientes a la toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal. 

Igualmente, la normativa dice que cada vez que un funcionario público inicie el ejercicio de un cargo, o sea reelegido para un nuevo periodo, presentará una nueva declaración jurada de patrimonio.  También, que los funcionarios que han cesado en el cargo están obligados a declarar sus bienes dentro del plazo máximo de 30 días. 

Lo que hay que declarar  Entre los bienes obligados a declarar, y que están contemplados en la normativa, se encuentran la identificación del lugar de trabajo e ingresos, detalles de productos bancarios o extranjeros, activos y pasivos de la comunidad conyugal, membresía en juntas o consejos públicos y privados, carácter de socio o accionista en el país y el extranjero, bienes e inmuebles, registrados o no, en República dominicana y el exterior, entre otras.
La Cámara de Cuentas informó este viernes que el  presidente de la República, Danilo Medina, y la vicepresidenta, Margarita Cedeño de Fernández, presentaron su declaración jurada de bienes. No reveló los montos declarados.
Dijo, además, que al hoy concluir la fecha para el depósito de los documentos, cientos de funcionarios han hecho lo  propio en los últimos días, tal como establece la Ley 311-14, que es de 30 días después de la toma de posesión.
“Además del jefe del Estado y la vicepresidenta de la República, entregaron su declaración jurada de patrimonio senadores, diputados, embajadores, cónsules, alcaldes, regidores, encargados de compras, directores administrativo y financieros y otros funcionarios públicos obligados por ley a declarar sus bienes”, dijo en una nota de prensa. Sus nombres tampoco fueron dados a conocer.
“Además del Jefe del Estado y la Vicepresidenta de la República, entregaron su declaración jurada de patrimonio senadores, diputados, embajadores, cónsules, alcaldes, regidores, encargados de compras, directores administrativo y financieros y otros funcionarios públicos obligados por ley a declarar sus bienes”, dijo en una nota de prensa.
La Cámara exxplicó que unos 500 servidores han llevado sus declaraciones juradas a la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos, un organismo especial de la Cámara de Cuentas creado para esos fines, desde el 16 de agosto hasta la fecha.
Detalló que la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio establece que los funcionarios públicos están obligados a  presentar, dentro de los treinta días siguientes a la toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal.
Igualmente, la normativa dice que cada vez que un funcionario público inicie el ejercicio de un cargo, o sea reelegido para un nuevo periodo, presentará una nueva declaración jurada de patrimonio.
También, que los funcionarios que han cesado en el cargo están obligados a declarar sus bienes dentro del plazo máximo de 30 días.
Lo que hay que declarar
Entre los bienes obligados a declarar, y que están contemplados en la normativa, se encuentran la identificación del lugar de trabajo e ingresos, detalles de productos bancarios o extranjeros, activos y pasivos de la comunidad conyugal, membresía en juntas o consejos públicos y privados, carácter de socio o accionista en el país y el extranjero, bienes e inmuebles, registrados o no, en República dominicana y el exterior, entre otras.
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